¿Absolución?

12 de agosto de 2024
Por José Báez Guerrero

Debo estudiar la sentencia de la Suprema Corte que “absolvió” a Díaz Rúa y Ángel Rondón, condenados por lavado, enriquecimiento ilícito y soborno, en el caso Odebrecht, “por no haberse probado la acusación”.

¿Otro maco de los fiscales “independientes”? Me confunde que la SCJ declare libre de responsabilidad penal a ambos condenados.

Es la casación de una sentencia previa, no una apelación ni juicio de fondo en una imposible tercera instancia. El recurso de casación es un medio extraordinario para examinar si la ley fue aplicada correctamente en fallos en última instancia.

La SCJ es el órgano de control de la legalidad como revisora. Casar, del francés “romper”, permite destruir una sentencia mal dada. La SCJ no puede juzgar los hechos del proceso revisado, sino la aplicación correcta o no de la ley, ante decisiones sometidas en casación.

La apreciación de inocencia o culpa sólo es posible en juicios de fondo, por lo que ¿cómo puede la SCJ decidir esta “absolución”? Hasta que lea la sentencia, creeré que es un típico error periodístico, o propaganda mediática, y no una peligrosa innovación jurisprudencial que pondría de cabeza el ordenamiento judicial.

José Báez Guerrero

Abogado, escritor y periodista dominicano.

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